martes, 29 de septiembre de 2015

Expertos en salud y toxicólogos hacen un llamado a poner fin al uso de plaguicidas altamente peligrosos

Comunicado de prensa 

Más de 100 expertos en salud y toxicólogos hacen un llamado a poner fin al uso de plaguicidas altamente peligrosos Hoy, con ocasión de la inauguración de la Cuarta Conferencia Internacional sobre Gestión de los Productos Químicos, unos 118 profesionales de la salud y toxicólogos de África, Asia, las Américas, Australasia y Europa han escrito a los directivos del PNUMA, la FAO y la OMS para exigir que se ponga fin al uso de plaguicidas altamente peligrosos (PAP).

La carta abierta, dirigida al ejecutivo del PNUMA, Director Achim Steiner; al Director General de la FAO, José Graziano da Silva y a la Directora General de la OMS, Margaret Chan, señala que los PAP constituyen una amenaza a la salud humana y el medio ambiente y llama a poner fin a su producción y uso “...para proteger a nuestros niños y a las generaciones sucesivas de una tragedia tóxica inminente”.

 Entre los firmantes de la carta hay profesores de toxicología, epidemiología y doctores de todo el mundo. La carta señala que las cifras oficiales, que sugieren que 200.000 personas mueren a causa de los plaguicidas cada año y que 25 millones de trabajadores agrícolas sufren envenenamiento agudo por plaguicidas, son graves subestimaciones. Más delante indica que se usan plaguicidas en más del 33% de los suicidios en todo el mundo. 

La carta destaca las debilidades de las actuales regulaciones y evaluaciones de riesgo en materia de plaguicidas y manifiesta que “...existe una incertidumbre inaceptable en la identificación de los niveles seguros de exposición a los carcinógenos, las toxinas reproductivas, las toxinas del neurodesarrollo y los perturbadores endocrinos”. Y concluye que “Las directrices regulatorias actuales son insuficientes en lo que respecta a los efectos peligrosos tales como inmunotoxicidad, perturbación endocrina y toxicidad reproductiva postnatal”. La solución al problema, según este grupo de expertos internacionales, es la eliminación mundial de los PAP, poniendo fin a su producción y su uso. 

 “Los PAP son un peligro para los agricultores y para las personas que viven cerca de las áreas de aplicación”, dijo Javier Souza, Presidente de PAN Internacional. “Algunos PAP pueden incluso moverse a través del agua, el aire y el suelo y terminar en los alimentos, afectando así a personas que viven fuera de las áreas agrícolas. Existen muchas alternativas agroecológicas efectivas para reemplazar estos venenos. Necesitamos prohibir los PAP inmediatamente”. 

Ya es tiempo de que la ONU adopte medidas para poner fin a la venta y uso de estos productos químicos tóxicos”—expresó Carina Weber, Directora de PAN Alemania. 

“Matan a cientos de miles de personas cada año y causan inmenso dolor y sufrimiento.” “Esta carta debe ser un llamado de alerta para las agencias de la ONU encargadas de proteger nuestra salud y el medio ambiente” –expresó el Dr. Keith Tyrell, Director de PAN Reino Unido. “Los firmantes de esta carta son expertos respetados internacionalmente y están diciendo que necesitamos acciones ahora.”

 “Cada año, la industria de los plaguicidas gana millones de dólares vendiente PAP que causan muerte y miseria. Sabemos que hay alternativas más seguras que funcionan. Es tiempo de que la ONU actúe para poner fin al uso de PAP y apoye la adopción de soluciones agroecológicas seguras y efectivas” –indicó Sarojeni Rengam, Directora de PAN Asia Pacífico.


file:///C:/Users/notebook/Downloads/Nota%20prensa_Carta%20toxicologos%20HHP%20en%20esp.pdf



Rosario, 10 de Septiembre de 2015.
Señora Representante de la OPS/OMS
Dra.
Maureen Birmingham
Marcelo T. de Alvear 684 - 4° Piso C1058AAH
Buenos Aires – Argentina
S                  /                    D
Ref: Nota recibida en relación a la solicitud información sobre grupo de trabajo especial de expertos ad hoc de la OMS para divergencia científica sobre la carcinogenicidad del glifosato.
De mi mayor consideración:
Con fecha 24 de agosto del corriente recibí un correo electrónico en relación a la solicitud de información que dirigí a usted con fecha 7 de agosto, referida a la conformación y funcionamiento del grupo de trabajo especial de expertos ad hoc de la OMS para emitir opinión sobre la divergencia científica respecto a la carcinogenicidad del glifosato, así como de los criterios con los que serán seleccionados los estudios que se evaluarán, los estudios finalmente considerados y la evaluación.
Lamentablemente, el correo electrónico firmado por Maricel Seeger, sólo contiene párrafos formales, algunos con información que conocíamos, conocimiento que es evidente por el contenido del mismo pedido de informe, y párrafos que confirman y aumentan nuestras preocupaciones acerca de la falta de imparcialidad con la que trabajará, trabaja o trabajó el grupo ad hoc de evaluación de la controversia científica en cuestión.
No puedo dejar de comentar que es discriminatorio que la documentación a la que refiere y deriva la Sra. Seeger esté disponible únicamente en idioma inglés dado que el resultado de la re-evaluación carcinogénica del glifosato afectará las prevenciones y regulaciones en su uso de millones de personas que no hablan inglés. Paralelamente, cabe señalar que se trata de una tarea encomendada por un organismo de la ONU entre cuyos idiomas oficiales se cuenta el castellano (español), el ruso, el chino-mandarín, el árabe y el francés.
En nuestra solicitud preguntamos:
1.- Quiénes serán los expertos que integrarán este grupo de trabajo especial, con qué criterio serán seleccionados y quienes serán responsables de dicha selección.
2.- Si los expertos tendrán representación territorial y de las diferentes escuelas de pensamiento.
La respuesta en la nota de Seeger dice:
Los miembros del Grupo de Trabajo de Expertos fueron seleccionados de la lista de expertos en toxicología y epidemiología de la OMS. Esta lista se compone de expertos científicos que se han postulado en respuesta a la convocatoria de expertos o son miembros del Grupo de Expertos en Seguridad Alimentaria. Las solicitudes fueron revisadas por un árbitro independiente de la Organización y por la Secretaría de la JMPR. Cada experto debe hacer por escrito una declaración de interés.
 Al realizar la selección se busca equilibrar los conocimientos científicos y la representación geográfica de los integrantes del Grupo de Trabajo.
La lista de integrantes y sus currículums abreviados del Grupo de Trabajo de Expertos se encuentra en el siguiente enlace (en inglés):

La lista indicada en ese sitio enumera los siguientes expertos:
WHO CORE ASSESSMENT GROUP ON PESTICIDES EXPERT TASKFORCE ON CARCINOGENICITY OF DIAZINON, GLYPHOSATE AND MALATHION
ADCOCK Catherine (Canada), BOOBIS Alan (Reino Unido), DELLARCO Vicki (USA), EASTMOND David (USA), MORETTO Angelo (Italia), O’MULLANE Matthew (Australia), RUSYN Ivan (USA), SOLECKI Roland (Alemania)
Al respecto corresponde comentar:
·        La conformación del grupo no respeta el principio fundamental de representación territorial establecido en los organismos de la ONU dado que la  lista (roster) de la cual se seleccionaron los expertos del grupo ad hoc está conformada por 13 expertos de América del Norte, 15 de Europa, 4 de Asia, 2 de Oceanía, 1 de África Sub-Sahariana. No hay representantes de África del Norte, ni tampoco de América Latina ni del Caribe. Se ignora cómo se hizo la convocatoria a inscripción de dicha lista, dada su muy notoria discriminación territorial, y la falta de representación de las diferentes escuelas de pensamiento y puntos de vista científicos.
·        La conformación del grupo ad hoc no cumple con el requisito de la representación territorial, dado que hay mayoritaria representación de Europa y América del Norte y un solo experto de Oceanía (que no puede ser considerado ni económicamente ni culturalmente como país del Sur). No están representados América Latina y Caribe, Asia,  África del Norte ni África Subsahariana. Todo ello a pesar de que  en el listado de donde se seleccionaron los expertos que perteneces al JMPR hay representantes de algunos de esos territorios.
·        La conformación del grupo ad hoc es claramente inequitativa para la discusión del conflicto de cientificidad planteado entre el JMPR que clasificó al glifosato como no carcinogénico y el grupo del IARC que lo clasificó como posiblemente carcinogénico.
Este grupo ad hoc de expertos funciona en el contexto de la JMPR, conformado por el listado de expertos de la JMPR, grupo al que es invitado un solo experto del grupo que elaboró el informe de la Monografía 112 del IARC[2].
·        Tampoco el grupo representa a los diferentes conocimientos científicos vinculados a los intereses de los sectores sociales afectados, ni las diferentes escuelas de pensamiento en el tema tratado.
·        El grupo no incluye expertos que representen las posturas, preocupaciones e intereses de los productores agroecológicos y familiares, de los trabajadores rurales, de los consumidores, de las poblaciones que padecen las derivas de los pesticidas evaluados, ni de los médicos que las atienden, ni de las organizaciones ambientalistas que plantean desde hace ya muchos años los daños que estos productos están generando.
La respuesta de la Sra. Seeger también afirma:
La llamada para formar parte del grupo de expertos, así como la explicación sobre el proceso de selección también está en línea:  

Esta respuesta carece de veracidad, ya que el sitio indicado no se encuentra el llamado para formar parte del grupo de expertos, y tampoco la explicación sobre el proceso de selección.
3.- Si los expertos serán independientes de las empresas y corporaciones, o bien las representarán.
La respuesta en la nota de la Sra. Seeger dice: Cada experto debe hacer por escrito una declaración de interés.
Además en el documento indicado[3] dice:
The Published Information is provided by the experts themselves and is the sole responsibility of the individuals concerned. WHO is not responsible for the accuracy, veracity and completeness of the Published Information provided. Furthermore, in no event will WHO be responsible or liable for damages in relation to the use of, and reliance upon, the Published Information.
Este párrafo resulta muy preocupante por explicitar ineficiencia en controles elementales de transparencia y objetividad en las evaluaciones ya que la OMS, organismo internacional responsable de los documentos científicos utilizados como referencia para la elaboración de normas en la mayoría de los países del mundo, no se hace responsable de la veracidad de la declaración de no existencia de conflicto de interés de cada experto.
Otros grupos de trabajo han incluido observadores y representantes del Secretariado de la OMS y del sector empresario en su conformación. No se menciona si ese ha sido el caso en este grupo ad hoc.

4.- El lugar y fecha de la reunión del grupo de trabajo especial y cuándo se estima que emitirán su informe.
No hubo respuesta explícita a este punto. Los términos de referencia indican que:
  • The Taskforce will work by correspondence and in English.
  • The Taskforce will compare the publications considered by IARC (2015) and those considered by the JMPR (2003, 2006, 2011) for each of the 3 pesticides, and identify those that have not been considered by either IARC or JMPR.
  • The Taskforce will report to the WHO JMPR Secretariat by June 2015.
La respuesta de la Sra. Seeger no menciona cuándo el informe estará disponible al público.
5.- Qué precauciones se tomarán para que las empresas no presionen al grupo de expertos y ni a los organizadores para que vuelvan a clasificar al glifosato como hicieron con el informe del 2004 e incluso el de la OMS de 1994 Criterios de Salud Ambiental 159. Glifosato[4], que todavía es utilizado como información más actualizada en la versión más actualizada de la OMS  Clasificación de los plaguicidas recomendada por la OMS según su peligrosidad y directrices para la clasificación: 2009[5].
3 (http://www.who.int/foodsafety/areas_work/chemical-risks/list_of_experts1.pdf?ua=1)
4 OMS (1994). Programa Internacional de Seguridad Química (1994).  [en línea]. Ginebra, Organización Mundial de la Salud, 1994. [consulta: 30 de octubre de 2012]. http://www.inchem.org/documents/ehc/ehc/ehc159.htm
5OMS (2010). Clasificación de los plaguicidas recomendada por la OMS según su peligrosidad y directrices para la clasificación: 2009. [en línea]. World Health Organization 2010. [consulta: 1 de diciembre 2012].http://www.inchem.org/documents/pds/pdsother/class_2009.pdf>. ISBN 978 92 4 154796 3.  ISSN 1684-1042
No hubo respuesta a esta pregunta.
Finalmente, y vinculado con todo lo anterior, señalo los siguientes aspectos relevantes de los estudios y grupos de expertos involucrados:
·        En el informe publicado del JMPR del 2011 sobre residuos de pesticidas en alimentos tiene dos partes: la primera, referida a los resiudos[6],  y la segunda referida a la toxicidad de los agroquímicos biocidas evaluados.
En la primera, el capítulo referido a los residuos del glifosato, fue preparado por el Centro de Sustancias y Evaluación Integrada de Riesgos, Instituto Nacional de Salud Pública y Medio Ambiente de los Países Bajos[7]. Llama la atención la precariedad de la referencia, ya que al ser un primer borrador, no es un trabajo que haya sido revisado por pares para su publicación, lo que significa que no es un trabajo que pueda considerarse científico. Además, referencia en total sólo 28 citas bibliográficas, todas de informes no publicados, de las cuales 21 son informes realizados y/o provistos por la corporación Du Pont, y 7 realizados y/o provistos por la corporación Monsanto.
En la segunda parte, referida a la toxicidad de los agroquímicos biocidas evaluados[8], la evaluación toxicológica del glifosato está contenida también en un primer borrador elaborado sólo por un experto perteneciente a la EPA de los EE.UU, y uno del BfR de Alemania, que sólo consideraron 14 informes todos ellos fueron provistos y/o realizados también por la corporación Du Pont, ninguno de los cuales fue publicado, por lo que tampoco son trabajos científicos.
8 Joint FAO/WHO Meeting on Pesticide Residues. Pesticide residues in food 2011. EVALUATIONS 2011 PART II.  Toxicological. http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/75147/1/9789241665278_eng.pdf

·        En el informe publicado del JMPR del 2004 sobre residuos de pesticidas en alimentos, se puede leer en la página xi:
Use of JMPR reports and evaluations by registration authorities
Most of the summaries and evaluations contained in this report are based on unpublished proprietary data submitted for use by JMPR in making its assessments.
Esto deja bien en claro que se utilizaron para este informe mayoritariamente informes que no sólo no están publicados, por lo que no son científicos, sino que además fueron provistos por las corporaciones productoras de los agroquímicos, aun cuando no se provee un detalle de las mismas.
  • El informe del IARC del 2015, por su parte, consideró más de 260 trabajos publicados en la literatura científica, es decir con referato de pares, para la clasificación carcinogénica del glifosato como clase 2A, probablemente cancerígeno, realizados por investigadores independientes de las empresas. De estos trabajos, más de 160 ya estaban disponibles en la literatura científica al momento en que el JMPR realizó su evaluación en 2011; a los que hay que agregar los más de 20 que fueron publicados en el mismo año 2011.
·        El informe del IARC no sólo tuvo en cuenta para sus conclusiones publicaciones en literatura científica recientes sino también de publicaciones de más de 30 años que han demostrado que el glifosato altera  enzimas que regulan el estrés Oxidativo, altera enzimas que regulan puntos de control del ADN, que son mecanismos que a largo plazo contribuyen a la promoción de células tumorales. Es muy llamativo que la bibliografía referenciada por el IARC sobre, entre otros, la vinculación del glifosato con la alteración de los mecanismos de genotoxicidad, del ChekPoint del ADN, del estrés oxidativo, que ya eran de público acceso incluso mucho antes del 2011, hayan sido desestimados por el JMPR en su informe de ese año.
·        Llama también la atención que al grupo conformado para evaluar la mencionada controversia la OMS convoque  expertos que, por ejemplo, hayan pasado por el Instituto Internacional de Ciencias de la Vida (ILSI), muy conocido en todo el mundo por ser financiado por empresas transnacionales, principalmente agrobiotecnológicas, como Monsanto, Cargill, Syngenta, Dow Chemicals, que han trabajado para generar normativas funcionales a sus intereses comerciales en diferentes países del mundo. O bien se convoque a expertos que dirigen el área de pesticidas del Instituto Federal de Evaluación de Riesgo (BfR) de Alemania, en el que participan integrantes de las empresas de agroquímicos Basf y Bayer.
  
Todo lo expuesto le permitirá comprender la magnitud de la preocupación que este tema nos genera. Por tal motivo le solicito tenga la amabilidad de dar respuesta a las consultas y observaciones pendientes realizadas en mi nota del 7 de agosto y a las que agrego en la presente:
1)     ¿Conocer la normativa/s interna (Numero, primera fecha de aprobación.    Si tuviera modificaciones N° actual con su fecha vigente) de la OMS que crea el protocolo de divergencias de evaluaciones realizadas por los institutos o grupos pertenecientes a la OMS?
2)     ¿Conocer protocolos y anexos internos si lo hubiera de la OMS para divergencias de evaluaciones?
3)     ¿Conocer  la cantidad, cuáles y  fecha de los toxicos que la OMS evaluó por divergencias de criterios de grupos o institutos internos a dicha entidad?
4)     ¿Cuál fue el criterio de  selección de los expertos en lista publicada para tal fin?
5)     ¿Quiénes fueron (con nombre y apellido)  los que  seleccionarán a dichos expertos?
6)      ¿En qué lugar se reunirán los expertos convocados para realizar dicho informe?
7)     ¿Fecha de iniciación y fecha de finalización de dicho informe?
8)      ¿Cuándo es la fecha estimada que se emitirá dicho informe?
9)¿Cómo hará dicha entidad en poder controlar de forma independiente, cuando por lo expuesto se conoce los diferentes conflictos de intereses que tienen los diferentes expertos convocados para tal fin?. Ya que es de obviedad que aquellos expertos apegados a empresas agroquímicas no será el objetivo primordial de ir en contra de la clasificación de esos  productos comerciales a evaluar,  sino todo lo contrario, que hará a una reclasificación irreal  y mentirosa llevando así a  canjear la salud mundial por mas enfermedad.
                                                                                 
                                                         Agradezco desde ya su atención y aprovecho esta ocasión para saludarla atentamente
                                                                                    
                                                                                        ONG  Equistica
                                                                                 Personería Jurica N° 006
                                                                                         Secretario
                                                                                 Tec. Eduardo Martín Rossi
                                                                               Teléfono N° 0341-155-778721
                                                                                   Av. Francia 844-Rosario







[6] Joint FAO/WHO Meeting on Pesticide Residues. Pesticide residues in food 2011. EVALUATIONS 2011 PART I – RESIDUES. http://www.fao.org/fileadmin/templates/agphome/documents/Pests_Pesticides/JMPR/Evaluation11/Contents.pdf
[7] GLYPHOSATE (158) AND METABOLITES. First draft prepared by C.M. Mahieu, B.C. Ossendorp, Centre for Substances and Integrated Risk Assessment, National Institute of Public Health and the Environment, The Netherlands. Disponible en

lunes, 28 de septiembre de 2015

        VOLVER        
Naturaleza de Derechos - 25 de Setiembre de 2015.
DECILE NO A LA SOJA DICAMBA DE MONSANTO : ACCEDE AL ESCRITO MODELO DE OPOSICIÓN,  FÍRMALO Y PRESÉNTALO

Ponemos a disposición  un documento base de oposición (IR ABAJO PARA BAJAR FORMULARIO Y VER INSTRUCCIONES) a la aprobación del Órgano Vegetal Genéticamente Modificado (OVGM)  de la empresa Monsanto SAIC que incluye los eventos MON 87708xMON89788  en el cultivo de Soja, que la hacen tolerante a los peligrosos agrotóxicos glifosato y dicamba.
El Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación, se apresta a aprobar la semilla transgénica en cuestión, la cual ya posee un dictamen favorable de la CONABIA (Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria ) en relación a sus impactos en el ambiente.
Ante reclamos y acciones judiciales que desdeNaturaleza de Derechos en conjunto con otras ONGS como BIOS, Foro Ecologista de Paraná, Cepronat y Acción por la Biodiversidad venimos planteando ante las autoridades administrativas, a los efectos de que se prevea una instancia de participación ciudadana en el proceso de aprobación de transgénicos en Argentina, el Estado Nacional reconoció ese déficit democrático, y dispuso a partir del OVGM de marras una apertura de comentarios para que la ciudadanía exprese su opinión.
Desde nuestro lado, consideramos que la semilla no debe aprobarse porque las condiciones fácticas y normativas nos indican que es inconveniente la liberación de mas OVGM y se debe avanzar definitivamente en su prohibición.
Si bien reconocemos que  la convocatoria no se realiza debidamente y que no pone en conocimiento toda la información disponible, se trata de un primer paso  donde el Estado ha cedido y nuestro objetivo debe ser la profundización de esa participación: exigiendo que se ponga a disposición de la ciudadanía  toda la información científica presentada por las empresas (en el caso Monsanto Argentina SAIC)  para que - principalmente - los científicos independientes, universidades publicas puedan libremente emitir su opinión técnica y que la convocatoria sea a través del mecanismo de audiencia publica.
Tenemos que tener presente, que si la ciudadanía con pensamiento critico no participa, si lo pueden hacer (y seguramente así será) los operadores y servidores de las empresas biotecnológicas, cámaras empresariales (CASAFE, APREESID).
Por ello es importante la participación de la masa critica, para que estén plasmadas en las actuaciones administrativas las objeciones sobre la aprobación del OVGM y haya un control y acceso a la información de la cual dispone el Estado para aprobar los transgénicos.
Sabemos que hay una mirada de desconfianza u opinión de inutilidad sobre la participación en los procesos administrativos, por entenderse que al no ser vinculante, el Estado no tiene en cuenta la opinión ciudadana.  Pero esa percepción es necesario y urgente que se modifique, pues la participación ciudadana es un elemento estructural esencial en la formación de voluntad del estado en materia ambiental, que en el caso de ser omitido importa una causal de nulidad.
Es que si bien es cierto que las opiniones de los ciudadanos no son vinculantes, también debe señalarse que los estudios y evaluaciones de las empresas no lo son. No obstante, el Estado cuando debe dictar el acto administrativo de autorización, en el supuesto de considerar viable la semilla, debe fundar el porque no consideró las objeciones u observaciones presentadas en el proceso de apertura de comentarios, del mismo modo si considera que los estudios de la empresa no son suficientes. En ambos casos, de no hacerlo, la resolución tiene un vicio de nulidad que hace al acto administrativo en cuestión irregular y anulable.
Por ello, la participación ciudadana en el proceso administrativo de aprobación de OVGM es de suma importancia para avanzar en el reclamo y en las exigencias al Estado de que no apruebe mas semillas transgénicas. La semilla que se pone en discusión, pretende agregar una tolerancia a otro agrotóxico (dicamba) que se suma a las ya aprobadas al glifosato, 2,4-d, glufosinato, mesotriona, ixosaflutol , echando por tierra esa absurda promoción de los transgénicos por parte de las empresas biotecnológicas y de ciertos estamentos públicos, en cuanto a que los nuevos eventos biotecnológicos venían a representar un menor uso de agrotoxicos.
A continuación podrás ver las instrucciones para participar y opinar sobre el nuevo OVGM de la empresa Monsanto Argentina SAIC. El plazo vence el miércoles 30 de Setiembre.

 
DESCARGA EL ESCRITO DE OPOSICION A LA APROBACION DE LA SOJA DICAMABA DESDE AQUI.

Tenes que incluir tus datos en los espacios en blanco de la primera pagina
(NOMBRE Y APELLIDO, NRO DE DNI, DIRECCIÓN COMPLETA Y CORREO ELECTRÓNICO)
y en la última pagina - al final del escrito . (NOMBRE Y APELLIDO Y DNI).

Una vez completado podes presentarlo: PERSONALMENTE O POR MAIL.

A) PERSONALMENTE:
Se imprimen dos copias y se presentan personalmente en el MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERÍA Y PESCA DE LA NACIÓN - Dirección de Biotecnología (Secretaría Ejecutiva de la CONABIA) - Av. Paseo Colón N° 982, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires
SI SOS UNA PERSONA FISICA TIENES QUE ADJUNTAR UNA FOTOCOPIA DEL DNI  Y FIRMAR TODAS LAS HOJAS DE LA PRESENTACIÓN.
SI SE TRATA DE UNA ONG CON PERSONERÍA JURÍDICA, HAY QUE ADJUNTAR UNA COPIA SIMPLE DEL ESTATUTO Y DEL ACTA DE DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES, DONDE CONSTE QUE QUIEN FIRMA LA PRESENTACIÓN ES EL PRESIDENTE DE LA ONG. (EL PRESIDENTE DE LA ONG TIENE QUE FIRMAR TODAS LAS HOJAS DE LA PRESENTACIÓN)

IMPORTANTE: UNA COPIA ES PARA EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, LA OTRA ES PARA QUE TE LA SELLEN Y TE QUEDE COMO CONSTANCIA DE SU PRESENTACIÓN.

B) POR MAIL:
ENVIAR EL DOCUMENTO COMO ADJUNTO POR MAIL A LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:biotecnologia@magyp.gob.ar
COMO TEXTO DEL MAIL: ENVÍO ADJUNTO ESCRITO DE OPOSICIÓN A LA APROBACIÓN DE LA SOJA DICAMBA MON-87708-9 x MON-89788-1
EN EL ASUNTO ESCRIBIR: "COMENTARIO SOJA DICAMBA "
SI OPTAS POR MAIL SERIA BUENÍSIMO QUE NOS ENVIARAS CON COPIA OCULTA A naturalezaderechos@gmail.com, ASÍ TENEMOS EN CUENTA TU OPOSICIÓN ANTE LA EVENTUALIDAD DE UNA PRESENTACIÓN ANTE LA JUSTICIA. ELLO NO IMPLICA UNA CITACIÓN COMO TESTIGO NI TE INVOLUCRA CON LA CAUSA JUDICIAL, SOLO ES UN DATO ÚTIL PARA EXPONER EN LA PRESENTACIÓN.

EL PLAZO VENCE EL 30 DE SETIEMBRE DE 2015. 
ANTE CUALQUIER DUDA PODES CONSULTARNOS A TRAVÉS DEL FACEBOOK
 O POR MAIL
 NATURALEZA@NATURALEZADEDERECHOS.ORG
PARTICIPA Y OPINA, DECILE NO A MONSANTO. BASTA DE TRANSGÉNICOS

jueves, 24 de septiembre de 2015

Jachal: las consecuencias del derrame de cianuro

DESASTRE AMBIENTAL EN SAN JUAN


Fiscal Gómez: “Cualquier empresa que cometa un delito ambiental debe cerrar”


21/09/2015 Por Marina Dragonetti (@misantapeluca) plaza de mayo.com

El fiscal Federal de Tucumán Gustavo Gómez afirma que lo ocurrido en la mina operada por la Barrick Gold en Veladero es un delito federal

La rotura del caño que produjo el derrame de 224 mil litros de solución cianurada en las aguas de Jáchal es el último capítulo de una serie de problemáticas sociales y ambientales que tiene a la minería a cielo abierto como común denominador. “Detrás de un delito ambiental siempre hay un funcionario corrupto”, señala el fiscal Federal de Tucumán, Gustavo Gómez, quien advierte sobre una posible maniobra del poder judicial provincial para limitar el alcance de las responsabilidades de funcionarios y altos directivos de la Barrick Gold. Para Gómez, cuando el secretismo y la falta de controles son la regla, el Estado debe hacerse responsable.
-¿Qué es un delito ambiental?
-El delito ambiental está previsto por muchas normas pero, fundamentalmente, por la ley 24.051(de Residuos Peligrosos) que es la que establece que aquel que contamine el aire, el agua o la tierra de un modo peligroso, con las sustancias previstas en la ley y en el decreto reglamentario, tienen una pena que, incluso en caso de muerte, puede llegar hasta 25 años. Si se contamina por encima del índice establecido por la ley, estoy en presencia de un delito.
Es un delito de peligro, y los delitos ambientales están asimilados al narcotráfico porque yo no necesito que alguien muera de una dosis de cocaína para ir a secuestrar un kilo de cocaína que tiene un narcotraficante en la heladera, el solo hecho de que alguien tenga un kilo de cocaína, ya es suficiente para denunciarlo y meterlo preso por tráfico de estupefacientes. Con los delitos ambientales pasa lo mismo; es suficiente que alguien ponga en riesgo la salud del ambiente para que esa persona incurra en un delito ambiental.

-Lo que ocurrió en Veladero ¿es un delito federal?
-Es un delito federal y hay algunas cuestiones que me llaman a ser prudente con lo que ocurrió en Jáchal; en primer lugar, la denuncia penal la hace el fiscal de Estado de San Juan (Guillermo De Sanctis), es el mismo que hizo un recurso de amparo para que no se aplique la Ley de Glaciares en San Juan.
En segundo lugar, este fiscal lo que hace es sostener que no se aplica la ley de Residuos Peligrosos, sino un artículo del Código Penal que habla sobre el envenenamiento de aguas potables, ese tipo de envenenamiento es doloso ó intencional. A muy pocos pueden hacer creer que la rotura de esta válvula fue hecha a propósito por la empresa, sino hay dolo o intención, no hay delito, en cambio, si se investiga por la ley 24.051, hay dos clases de delitos, el artículo 55 que habla de delito doloso y el 56, que habla de delito culposo.
Si se sobresee en San Juan esta causa porque dicen que no hay delito, por este mismo hecho, después nadie puede ser juzgado. Mi pregunta es ¿se está buscando la impunidad de este caso?
Y la otra situación que me llama la atención es que el juez suspendió la actividad de la mina por 5 días. Esta suspensión también puede tener consecuencias importantes para el medio ambiente porque se suspende todo el proceso de purificación de líquidos y la planta de tratamiento de residuos que tiene la mina de Veladero.
Así que tengo muchas dudas. Al invocar el Código Penal, como ha hecho el gobierno sanjuanino, es decir que aquí no estamos en presencia de un delito federal. Lo que quiere evadirse aquí es que intervenga la Justicia Federal.
-Pero estas empresas parecen tener mayor soberanía que los gobiernos.
-Eso incluso lo ha denunciado el Papa Francisco en su última Encíclica Laudato, en donde habla de la debilidad de los gobiernos y el poder de las multinacionales que se imponen aun por encima de los problemas de salud que provocan en los pueblos. Las empresas multinacionales detectan cuáles son los países con legislaciones más laxas, con posibilidades de corromper a los funcionarios o con necesidades urgentes de inversiones desde el exterior. Corrompen al gobierno nacional en la prebenda de obtener permisos excepcionales de explotación, con beneficios impositivos, el segundo paso es que el gobierno le garantice impunidad a la empresa en los tribunales. La famosa “seguridad jurídica”, no es otra cosa que garantías de impunidad para poder trabajar.
-En un principio, Barrick negó lo sucedido y luego hubo reportes de que sus bomberos estaban lavando las rocas para quitar los rastros de cianuro, ¿cabría pensar en responsabilidades penales por esos hechos?
-Yo creo que sí porque es parte del encubrimiento, hay que hacer un análisis de responsabilidades penales. Esta es otra gran diferencia con la actividad que va a desarrollar el juez de Jáchal porque él solo puede ir contra el responsable de esa válvula, por aquel que operó mal y provocó el derrame. A mí me parece que es un grave error sostener que el responsable es quien operó las válvulas, acá hay una responsabilidad del directorio de la empresa, que desde un primer momento intentó ocultar el hecho y después trató de minimizarlo.
-Si se aplicase la legislación ambiental vigente, ¿las empresas mineras podrían operar?
-Cualquier empresa que cometa un delito ambiental tiene que cerrar, no interesa qué protocolo se aplica sino si los niveles de contaminación permanecen por debajo de lo que establece la ley. Por eso, las mineras multinacionales dicen que a ellos no se les aplica la ley 24.051 sino que se aplica el Código de Minería que paradójicamente, hace referencia a la contaminación ambiental pero no establece índices de contaminación mínimos.
La diferencia es que la ley 24.051 prevé delitos ambientales y el Código de Minería, que es lo que ellos quieren que se aplique, no. La ley penal es lo que debe prevalecer, ninguna ley de contenido administrativo, ni de contenido civil, ninguna resolución o decreto puede habilitar a un ciudadano de este país a cometer un delito

Barrick Gold: Piden que Cristina y funcionarios de gobierno sean investigados

El Fiscal Federal Federico Delgado, a cargo de la Fiscalía Federal N° 6, ordenó investigar a la minera Barrick Gold luego del derrame de 224 mil litros de solución cianurada en la mina "El Veladero", vecina al pueblo de Jáchal en San Juan, hoy en emergencia ambiental y social declarada. A través de una denuncia piden que se investigue a funcionarios nacionales y provinciales.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24)

-Este martes 22/09, el Fiscal Federal Federico Delgado ordenó investigar a la minera Barrick Gold luego del derrame de 224 mil litros de solución cianurada en la mina "El Veladero", vecina al pueblo de Jáchal en San Juan, hoy en emergencia ambiental y social declarada.
El origen de su presentación es un email remitido por una mujer a la fiscalía a cargo de Carlos Stornelli, que la hizo suya y formuló una denuncia penal ante la Cámara de Apelaciones del fuero federal. En su denuncia, apuntó, aparentemente sin dar nombres, "a los integrantes del Poder Ejecutivo tanto nacional como provincial y a las autoridades de la empresa Barrick Gold", reza el texto de Delgado, por su responsabilidad en el derrame ocurrido dos días antes, con el presunto envenenamiento de las napas de agua de la zona.
La denunciante refirió que "los funcionarios públicos que permitieron que Barrick Gold operara en esa mina bajo esas condiciones incumplieron sus deberes" ya que no hicieron las inspecciones correspondientes y renovaron los contratos con la minera.
Para el fiscal, se debe investigar la comisión de tres supuestos delitos: envenenamiento de aguas, propagación de enfermedades peligrosas e incumplimiento de deberes de funcionario público.
Por ende, el fiscal impulsó la acción penal y pidió que se libre "orden de presentación" contra la sede de la Barrick en Buenos Aires, para que comparezca su director ejecutivo, Guillermo Caló, y que explique qué ocurrió el 13/09 de septiembre, qué es el material derramado y cuáles son sus riegos. También, que se le pida a la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados que envíe todos los antecedentes sobre el tema, en particular a todo lo que refiera a la contaminación por cianuro que haya sido causada eventualmente por la empresa en San Juan.
Delgado remarcó: "Esta medida es urgente, ya que han pasado diez días y el pueblo de Jáchal aún no sabe si puede beber el agua que alimenta a la comunidad"



martes, 22 de septiembre de 2015

Argentina prohíbe la plantación de alfalfa resistente al glifosato

"Existe evidencia de que el nuevo patógeno está asociado a un aumento de la infertilidad humana y probablemente tiene efectos adversos en la salud de los que aún no nos han informado. Como el flúor, el glifosato puede entrar en nuestra dieta de diversas maneras"

Fuente: http://www.diariodecuyo.com.ar/home/new_noticia.php?noticia_id=685820

ALERTA A PRODUCTORES
Argentina prohíbe la plantación de alfalfa resistente al glifosato
Las semillas con el gen resistente al poderoso y cuestionado herbicida no pueden ingresar al país y su siembra es ilegal. La única simiente legal es con rótulo oficial del Inase.


Quienes siembren estas semillas serían denunciados penalmente por las autoridades sanitarias ya que su siembra es ilegal en Argentina y se trata de un delito federal.

Todo esto es muy importante para San Juan, que se ha caracterizado por la calidad de alfalfa tanto en forrajes como para la producción de semillas. Este prestigio se pone en riesgo si proliferase la siembra de semillas de alfalfas del tipo RR-RL Roundup Ready (resistentes al glifosato y reducidas en lignina), es decir alfalfas transgénicas.

Las RR son alfalfas modificadas genéticamente para que resistan al glifosato. El glifosato es utilizado en el campo para combatir malezas y "es un "biocida" poderoso que daña organismos beneficiosos del suelo, alterando el equilibrio natural y reduciendo la resistencia de los cultivos provocando enfermedades que devastan los cultivos de maíz, soja y trigo entre otros; y dan origen a un nuevo patógeno asociado en animales con envejecimiento prematuro e infertilidad. La evidencia parece real de que cultivos genéticamente modificados han perdido su resistencia genética a enfermedades que nunca constituyeron amenazas.

Existe evidencia de que el nuevo patógeno está asociado a un aumento de la infertilidad humana y probablemente tiene efectos adversos en la salud de los que aún no nos han informado. Como el flúor, el glifosato puede entrar en nuestra dieta de diversas maneras.

El servicio de extensión de Purdue University de Estados Unidos ha indicado que plantas fumigadas con glifosato u otros herbicidas son más susceptibles a numerosos desórdenes biológicos y fisiológicos y mantiene su recomendación de un "uso juicioso de glifosato para el control de malas hierbas". Sin embargo, uno de los puntos es que las malezas están desarrollando resistencia al Roundup. El uso ha ido más allá del nivel "juicioso" y a medida que el glifosato se acumula en el suelo, sus efectos adversos aumentan.



La recomendación para San Juan



No hay ningún transgénico en alfalfa que haya sido autorizado en Argentina. Esto sí ha sucedido en soja, maíz o algodón, pero no en alfalfa. En consecuencia, la utilización de estos materiales es ilegal y está sujeta a las sanciones de variado tipo y gravedad que corresponden por violar las normas vigentes.

El desarrollo de alfalfas RR fue llevado a cabo por una empresa privada, que es la dueña exclusiva de la licencia para multiplicar y comercializar estas variedades en todo el mundo. Estas alfalfas fueron lanzadas hace unos años en Estados Unidos.

La mayoría de los países que compran alfalfa no admiten la importación de alfalfa con OMG (Organismo genéticamente modificado, en las cuales estaría la alfalfa RR).

Otra consecuencia nefasta del uso ilegal e incorrecto de las alfalfas RR sería para la exportación de heno. Esta industria está creciendo en los últimos años a un ritmo muy interesante. En el mundo hay una demanda insatisfecha de heno de alfalfa y los países tradicionalmente productores (Estados Unidos principalmente, y en menor medida Australia, España, Canadá, Italia y otros) no pueden abastecer físicamente esas necesidades. Esto implica muy interesantes perspectivas para las exportaciones argentinas. Pero se debe tener en cuenta que los países consumidores, además de parámetros mínimos de calidad (proteína, fibra, humedad, etc.) exigen que el heno esté libre de materiales transgénicos. Por lo tanto, si se difundieran estas alfalfas RR ilegales y las plantas procesadoras de heno las incluyeran (con o sin conocimiento) en sus exportaciones (sean megafardos, cubos o pellets), se podrían generar sanciones económicas al país, además del cierre de mercados y la evidente pérdida de prestigio nacional. Revertir esa situación puede llevar años. Se aclara que la detección de los insertos transgénicos se realiza fácilmente por técnicas moleculares y que sus resultados son inequívocos e inapelables.

San Juan empezó este año a exportar a Chile alfalfa pelletizada y muchos productores han comenzado a preparar sus tierras para vender a este mercado que se cerraría si se siembran estas semillas prohibidas.

China cerró el mercado a exportadores de Estados Unidos y coloco a varios exportadores en la lista negra debido a la presencia de OMG en el cultivo.

El descubrimiento de la alfalfa Roundup Ready en las exportaciones mundiales de heno debe estar en el radar de los agricultores canadienses, dice Ed Shaw, un exportador de alfalfa canadiense. Shaw, que exporta el forraje en todo el mundo, incluyendo a China, dijo que tres exportadores de alfalfa estadounidenses han sido incluidos en la lista negra de la exportación de heno a China, y cientos de cargas de contenedores de heno han sido rechazados después de que se descubriera que contienen la alfalfa Roundup Ready en las cargas. "En el mercado de exportación, el elemento del tema chino está muy firme. Los chinos tienen tolerancia cero para los OMG", dijo Shaw durante una discusión acerca de la introducción de la alfalfa Roundup Ready en Canadá en una conferencia de forraje reciente.

El productor debe cerciorarse que la semilla que utilice provenga de un establecimiento habilitado por el Instituto Nacional de Semillas (Inase). Todas las semillas deben estar identificadas en su bolsa. Nunca debe comprar semillas en bolsas blancas (sin ningún tipo de inscripción).

Aca no sólo se está jugando la posibilidad de comercializar fuera de Argentina, sino también el riesgo de no saber qué efectos podrían causar en los cultivos y los suelos. Además de las causas penales que deberían enfrentar quienes comentan este delito.



Intervenciones: Inase, Senasa y Conabia



El Inase está haciendo una intensa campaña con inspecciones y reuniones con productores. Junto con el Senasa y Conabia son organismos nacionales que están dedicados a velar y regular la actividad. El primero al detectarse la presencia o sospecha de potreros ilegales, muestrean en conjunto con el Senasa para detectar y comparar el gen (el gen original pertenece a una firma americana) y de confirmarse que se trata del mismo gen, Senasa instrumenta la destrucción de los potreros e inhabilitación de su uso por varios años. De manera simultánea ambos organismos accionan penalmente en la justicia federal contra quien siembre, reproduzca la plantación y el propietario de la tierra por ser responsable solidario.

La mejor manera de cuidar la calidad de nuestras alfalfas que se distinguen a nivel mundial, es estar atento a este tipo de apariciones. No permitir que se siembren cerca de los potreros bien hechos, ya que por el viento o traslados ocasionales de la semillas pueden contaminarse. Ante la presencia de este cultivo denuncie de manera anónima indicando la ubicación de los potreros en cuestión.



Claves:



Plantar semillas RR es ilegal y es un delito federal. Los dueños de las plantaciones son pasibles de causas penales.

Los potreros son destruidos e inhabilitados para utilizarse por años. Por todo lo anterior, se recomienda expresamente a los productores no prestarse a este tipo de actividades, que además de ilegales, pueden perjudicar grandemente las exportaciones del país. En este contexto, se alienta la colaboración con entidades como Inase (Instituto Nacional de Semillas / www.inase.gov.ar), Senasa (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria / www.senasa.gov.ar) y Conabia (Comisión Nacional Asesora de Biotecnlogía Agropecuaria / www.minagri.gob.ar), que velan por la seguridad alimentaria y el comercio legal de semillas. Si se tuviera conocimiento de alguna actividad relacionada con el uso de alfalfa RR, se solicita la pertinente e inmediata denuncia ante los organismos arriba mencionados, a fin de impedir este tipo de práctica desleal y fuera de la ley.