jueves, 17 de septiembre de 2015

LUEGO DE 19 AÑOS EL ESTADO NACIONAL CONVOCA A PARTICIPAR A LA CIUDADANÍA EN LAS APROBACIONES DE SEMILLAS TRANSGÉNICAS.

Naturaleza de Derechos - 16 de Setiembre de 2015.

LUEGO DE 29 AÑOS
EL ESTADO NACIONAL
CONVOCA  A PARTICIPAR
A LA CIUDADANÍA
EN LAS APROBACIONES
DE SEMILLAS TRANSGÉNICAS.
Si bien resulta plausible la apertura de un registro de comentarios de los ciudadanos en el proceso de aprobación de semillas transgénicas, el saldo participativo sigue siendo claramente deficitario, ante todo por abarcar solo la segunda fase de evaluación de los OVGM (donde se evalúan los efectos en el ambiente) cuando debería comprender también la primera fase que refiere a la evaluación de inocuidad alimentaria que realiza el SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria), y el cual se asienta sobre una normativa muy laxa y desactualizada; y en segunda instancia, por no cumplirse con el Decreto PEN 1172/03 que en materia de participación ciudadana establece como mecanismo para su implementación la convocatoria publica y fehaciente (a través de edictos del Boletín Oficial) a una audiencia o consulta. En tal sentido, el sistema implementado por el Ministerio de Agricultura no satisface ese estándar, atento a que la convocatoria se realiza solo a través de la pagina oficial de Internet de la cartera ministerial, lo cual no garantiza el respeto de los principios de igualdad y publicidad.
Como bien se señala en los fundamentos del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, la Audiencia Pública constituye una instancia de participación en el proceso de toma de decisión, en la cual la autoridad responsable habilita a la ciudadanía un espacio institucional para que todo aquél que pueda verse afectado o tenga un interés particular o general, exprese su opinión.  La finalidad de la Audiencia Pública es permitir y promover una efectiva participación ciudadana y confrontar de forma transparente y pública las distintas opiniones, propuestas, experiencias, conocimientos e informaciones existentes sobre las cuestiones puestas en consulta.
Por lo tanto, desde Naturaleza de Derechos, se ha impugnado administrativamente la convocatoria, solicitándose la designación de un nuevo plazo y citación por edictos en el Boletín Oficial y diarios de mayor circulación.
Sin perjuicio de ello, cualquier ciudadano puede emitir su comentario sobre la Soja con tolerancia al Dicamba y glifosato de la empresa Monsanto Argentina SAIC, hasta el 30 de setiembre de 2015.
El Dicamba es un herbicida de ácido benzoico. Imita la hormona vegetal auxina, causando crecimiento incontrolado que finalmente mata las plantas. Está destinado para el control de la planta después del brote. Su nombre químico es Ácido 3,6-dicloro-O-anísico.
El Dicamba posee una clasificación toxicológica III según la Organización Mundial de la Salud (OMS) y presenta características y condiciones más peligrosas para el ecosistema que el glifosato. En efecto, tiene una mayor residualidad en el suelo donde se lo aplica, y conforme rezan varios trabajos, es altamente móvil en el suelo y puede contaminar aguas subterráneas siendo nocivo para los organismos acuáticos. Su potencial de lixiviación aumenta con la precipitación y con el volumen aplicado. En razón de ello, mas los riesgos en si mismos de los OVGM, por su falta de inocuidad alimentaria y seguridad ambiental, y en atención al principio precautorio, la semilla transgénica con tolerancia al Dicamba no debería  aprobarse.

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